La declaración de las clausulas suelo en el IRPF

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Las clausulas suelo han sido una muestra de las maneras en las que los bancos han trabajado con los clientes, de una manera poco ética y profesional. Para muchos han sido un verdadero engaño, ya que no tenían ni idea de que estaban firmando, y sobre todo no tenían ni idea de las consecuencias de una clausula suelo.

Si te ha pillado de lejos la cláusula suelo, te doy mi más sincera enhorabuena, has podido sortear una etapa complicada. Y es que los bancos no han dado tregua, a pesar de no tener razón, y teniendo sentencias del Tribunal Supremo en contra, han decidido recurrir todas y cada una de las reclamaciones por vía judicial.

Para los abogados ha supuesto un filón, en el que sin duda se ha podido extraer clientes a base de duro trabajo, ya que un banco siempre es un rival fuerte. A la hora de defender estos asuntos se han planteado estrategias similares a las llevadas a cabo con los Swap o las acciones preferentes. Sin duda productos financieros que no eran creados para las personas sin conocimientos económico-financieros.

Dado que el Tribunal Supremo dictaminó que se debían devolver todas las cantidades percibidas indebidamente por el banco, muchos ciudadanos han obtenido cantidades de dinero considerables. Y muchos de ellos se preguntan cómo van a tributar en el Impuesto de la Renta de no Residentes, y ahora que llegan los últimos días de hacer la declaración, conviene tenerlo claro.

Depende de si el banco devolvió en 2016 las cantidades que hubiera satisfecho el cliente al banco en virtud de las mencionadas cláusulas abusivas, el contribuyente no integrará estas cantidades en la base imponible. Si el contribuyente hubiera percibido además intereses indemnizatorios, tampoco deberá de tributar por ellos, por lo que tampoco debe incluirse en la base imponible del impuesto.

Si los intereses devueltos hubieran formado parte de la base de la deducción por vivienda habitual de los ejercicios anteriores, el contribuyente perderá el derecho a la deducción por vivienda habitual. Y por tanto deberá de regularizar las deducciones practicadas en la declaración de la renta correspondiente a 2016, ya que este año tuvo lugar el acuerdo con la entidad financiera.

Los trámites formales a tener en cuenta

La declaración de la renta supone que se tienen que realizar unos trámites administrativos, que normalmente se realizan por Internet, y de los que los contribuyentes han de estar enterados. Por tanto, muchos deciden acudir a asesorías especializadas en la llevanza de contabilidad de empresas, la gestión administrativa y el pago de impuestos, como Gestoría Toledano.

Por tanto, las casillas a las que se tiene que prestar atención son las 524 y 526. En las mismas se incluirán las cantidades deducidas en su momento de la declaración del impuesto, pero sin incluir los intereses de demora. Hay que tener en cuenta que solo deben regularse los ejercicios no prescrito, que son los cuatro anteriores.

En este sentido, el Real Decreto establece un procedimiento especial de devolución extrajudicial. Este procedimiento establece que si los intereses fueron base de la deducción por vivienda habitual, se pierde el derecho a practicar la deducción por esas cantidades. Por lo que se tiene que regularizar la situación añadiendo las cantidades indebidamente deducidas, sin sumar los intereses de demora.

Para finalizar diremos que el mundo burocrático puede ser una locura para los que no estén acostumbrados. Y hay que tener en cuenta cuáles son los procedimientos y las cantidades a imputar, porque podemos jugarnos una sanción tributaria, que nada ni nadie quiere, excepto el Estado claro.

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