Nunca se deja de aprender y hoy, vamos a aprender algo nuevo del Derecho. Sabemos que los abogados pueden ser penalistas, laborales, civiles… Son muchas las ramas del derecho y las especialidades que podemos encontrar, en función de la necesidad. Las más comunes y conocidas son las citadas junto al derecho mercantil, al constitucional, al administrativo, etc. Dentro del derecho mercantil nos hemos encontrado con una rama que nos ha llamado la atención: el derecho de la competencia. A muchos seguro que les sorprende que exista esta rama del derecho concretamente, aunque habrá otros tantos que la conozcan de sobra. En cualquier caso, vamos a adentrarnos en esta disciplina para conocer algo sobre ella y aprender la lección del día.
El derecho de la competencia representa una de las ramas esenciales del ordenamiento jurídico mediante la que se regula la actividad comercial entre las diferentes empresas del mercado. Esta disciplina jurídica es parte del derecho mercantil y se ocupa del establecimiento de las reglas necesarias para poder garantizar la competencia efectiva entre los agentes económicos que participan en la economía. Su importancia reside en asegurar que el sistema económico sea lo más eficiente posible, se oriente hacia la productividad y tenga como objetivo el mayor avance, innovación y bienestar para los consumidores de manera totalmente legal.
Se trata de un derecho clave a la hora de regular y defender la libre competencia en el mercado de forma que las empresas no puedan crear un monopolio o desarrollar malas prácticas en cuestiones de competencia, con las que se perjudique a los competidores, los consumidores y el propio mercado.
Como decimos, el derecho de la competencia es una rama del derecho mercantil que se ocupa de la regulación del comercio mediante la prohibición de restricciones ilegales, la fijación de los precios entre las empresas y la creación de monopolios. El objetivo de las normativas que lo conforman es garantizar y promover la competencia entre las empresas del mercado, fomentando la calidad de los bienes y servicios que ofrecen, al mismo tiempo que se garantiza el derecho del consumidor.
¿De qué se compone el derecho de la competencia?
Cada estado o país cuenta con sus propias leyes de competencia, aunque entre todas ellas existen similitudes. En España y en el ámbito de la Unión Europea, se denomina derecho de la competencia, mientras que en países como México se conoce como derecho de la competencia económica. Además de existir marcos supranacionales o internacionales entre los países que cuentan con acuerdos comerciales, como sucede en los Estados miembros de la Unión Europea, como nos señalan los expertos en derecho de EJASO, donde cuentan con servicios jurídicos integrales y unidades especializadas formadas por equipos multidisciplinares de abogados.
En nuestro país, el derecho de la competencia se recoge en la Constitución. El artículo 38 reconoce “la libertad de empresa en el mercado de la economía de mercado”. En lo que respecta a las leyes, la defensa de la competencia se compone del derecho comunitario, en los artículos 82 y 91 del Tratado de la Comunidad Europea, que se desarrollan en el Reglamento Comunitario 1/2003 del Consejo, correspondiente a la aplicación de las normas sobre la competencia, y en el Reglamento (CE) 773/2004 de la Comisión, correspondiente al desarrollo de los procedimientos.
A nivel estatal, la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y la Ley 3/1991 de la Competencia Desleal siguen vigentes. El respeto hacia estas normas del derecho de competencia forma parte o debe formar parte del compliance de las empresas.
Tanto el derecho de la competencia como el del consumo se encuentran estrechamente ligados, como se puede observar en los conjuntos de normas que componen el derecho de competencia. Por un lado, encontramos el derecho antimonopolio, cuya finalidad es la prevención y la sanción de las conductas que limiten la competencia en los mercados y puedan tener un efecto negativo sobre los mismos o sobre los consumidores. Por otro lado, el derecho de la competencia desleal, cuya finalidad es evitar o sancionar aquellas conductas anticompetitivas de las empresas, tanto si afectan al mercado como si no lo hacen. Por lo que busca impedir que las empresas lleven a cabo malas prácticas para dañar a los competidores, a los consumidores o a ambos. Es decir, protege los derechos de los consumidores al mismo tiempo que fomenta la competencia sana.
El artículo 1 de la Ley de Competencia Desleal fija las conductas y prácticas prohibidas. Particularmente las que pueden falsear la competencia, es decir, aquellas acciones que pueden hacer parecer que existe competencia cuando no es así.
Desde el año 2013, en nuestro país, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) es la que se encarga de aplicar el derecho de competencia. Se trata de un organismo público independiente con personalidad jurídica propia, sometido al control del Parlamento con potestad para incoar causas y dictar resoluciones. A nivel europeo, quienes se ocupan de la aplicación y revisión de las normas del derecho a la competencia comunitario son la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la UE.
Las ramas de la rama
El derecho es como un árbol lleno de ramas que tienen más ramas. En el caso del derecho de competencia, este se divide en dos ramas que ejercen como pilares que garantizan el correcto funcionamiento de los mercados y protegen a los participantes del sistema económico.
Uno de ellos es el derecho antimonopolio que controla los abusos y las fusiones. Constituye un conjunto de normas destinadas a la prevención y a la sanción de las conductas que limitan la competencia. Se centra fundamentalmente en la regulación de los monopolios y las situaciones en las que una empresa ejerce una posición dominante ante la competencia. Su objetivo es evitar que se produzcan abusos como la fijación de unos precios excesivos o la imposición de barreras de entrada a otros competidores.
Dentro de las prácticas que lleva a cabo, podemos destacar los acuerdos entre los competidores para fijar los precios o manipular licitaciones; el abuso de la posición dominante en el mercado; y el control de las fusiones que pueden reducir la competencia.
La Ley Antimonopolios de Sherman, por citar un ejemplo, se encarga de prohibir las conspiraciones que pueden restringir de forma injustificada el comercio, declarando ilegal el monopolio o intento de monopolizar un mercado, producto o servicio.
Como decíamos, el derecho de competencia tiene dos ramas principales, siendo la competencia desleal, la segunda de ellas. Esta rama hace referencia a las prácticas anticompetitivas que llevan a cabo las empresas para obtener ventajas indebidas ante los competidores, al margen de si afectan o no al mercado en general. Pretende combatir los métodos desleales y garantizar que la competencia sea justa y limpia.
Las conductas que aborda incluyen la difusión de información falsa, la competencia desleal, la discriminación de los precios, el abuso de la imagen comercial y la desinformación de los consumidores. La Ley de Competencia Desleal protege a empresarios y a consumidores frente a los comportamientos anticompetitivos que se consideran improductivos a nivel social.
Aunque comparten la finalidad de proteger la competencia, la diferencia se encuentra en el enfoque: el derecho antimonopolio adopta un enfoque macroeconómico y se centra en las conductas que afectan al funcionamiento general del mercado por la potencia de aquellos que las adoptan. Mientras que el derecho de la competencia desleal pone el foco en la microeconomía y protege los intereses individuales de los empresarios y los consumidores ante los métodos competitivos incorrectos.
Mientras que el derecho antimonopolio requiere que existan efectos notables en el mercado para poder ser aplicado, el de competencia desleal se puede aplicar de forma independiente si los intereses de un competidor o consumidor están afectados.
La relevancia que posee el derecho de la competencia trasciende el ámbito meramente legal, ya que constituye un instrumento o herramienta esencial a la hora de lograr un mercado libre, dinámico y que funcione correctamente. De no existir este marco normativo, la economía podría dejar de moverse de forma eficaz. Al existir libre competencia, las empresas se encuentran motivadas e incentivadas para poder ofrecer mejores productos a precios más competitivos, lo que de forma automática impulsa la innovación y el crecimiento económico a largo plazo. Del mismo modo que se disciplina a las empresas y se las motiva a mejorar sus ofertas de forma continua, lo que supone un atractivo para los clientes.
Los beneficios que se obtienen son diversos, ya que permiten ofrecer unos precios accesibles, mayor calidad en los productos y servicios ofrecidos, una oferta más amplia y un mayor estímulo que promueve la innovación. Estos efectos son importantes sobre todo para aquellos consumidores más vulnerables, ya que en un mercado donde impera la práctica anticompetitiva aumentan la pobreza y la desigualdad.
Tanto es así que existe una correlación directa entre la robustez de los regímenes de competencia y el crecimiento económico, por lo que el derecho de competencia protege a quienes participan en el mercado y contribuye de forma notable al bienestar general de la sociedad.
Ahora sabemos algo más sobre esta rama tan particular del derecho que, aunque conocíamos algo sobre la competencia y estos aspectos, para muchos era una desconocida.